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Once años de juicios orales

Con la creación de la Fiscalía General autónoma a nivel federal y el avance de las autonomías de fiscalías estatales, se incrementa la expectativa ciudadana sobre los avances que se deben acreditar en la materia.

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Jorge Alberto Lara

@JorgeLara1 

En esta semana se cumplieron once años de vigencia de la reforma constitucional que dispuso la implementación del sistema de justicia acusatoria y adversarial, mejor conocida como la enmienda de los juicios orales.

En el contexto de la peor crisis de violencia e inseguridad que vive nuestro país es muy frecuente escuchar voces, sobre todo de quienes tienen responsabilidades de gobierno, que el origen de esta situación se encuentra el sistema penal. Se dice, por ejemplo, que este propicia un fenómeno llamado la puerta giratoria. Asimismo, se atribuyen al sistema de juicios orales la impunidad y la zozobra ciudadana ante el incremento de delitos.

Se usa el mismo argumento que sirvió hace unos meses para reformar la constitución y ampliar de manera inopinada la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa: que el sistema favorece al delincuente.

Con la creación de la Fiscalía General autónoma a nivel federal y el avance de las autonomías de fiscalías estatales, se incrementa la expectativa ciudadana sobre los avances que se deben acreditar en la materia. Igualmente presiona a dicha expectativa la creación de la Guardia Nacional que tiene facultades de investigación de delitos.

Consideramos que la responsabilidad sobre el incremento de la inseguridad, real o percibida, de ninguna manera es defecto del diseño normativo del sistema acusatorio. En realidad, las insuficiencias del sistema de justicia son derivadas de un colapso en los esquemas institucionales de rendición de cuentas, especialmente del Ministerio Público y las policías de investigación.

Persiste el desinterés en el robustecimiento en los elementos críticos para el cabal funcionamiento del sistema, como son las Unidades de Medidas Cautelares (UMECAS) y los Mecanismos de Soluciones Alternas.

Las UMECAS tienen dos funciones de la mayor relevancia: la medición del riesgo inherente a los imputados a efecto de determinar medidas cautelares, así como el monitoreo y vigilancia de quienes están sujetas a las mismas. No obstante lo anterior el desarrollo de las UMECAS a nivel nacional es muy desigual y en la mayoría de los casos, insuficiente.

Respecto de las Soluciones Alternas, estas formas de descongestión aún no han sido tuteladas de manera adecuada. Su funcionamiento es todavía marginal, cuando lo que debería suceder es que estas entidades tengan centralidad en el sistema y que su trabajo se realice con orientación a la satisfacción de la víctima.
Otros temas que deben desarrollarse de manera urgente son los procesos de medición y evaluación de todos los componentes del sistema, a efecto de facilitar los mecanismos de fiscalización ciudadana y parlamentaria.

Se carece además de una normatividad que se corresponda con el principio de reserva de ley en materia de facultades para los primeros respondientes. Como se sabe, en muchos casos el éxito o fracaso de investigaciones penales derivan de la oportuna y correcta intervención de policía preventiva, ejército, cuerpos privados de seguridad o socorristas, en casos de flagrancia. Al efecto es factible que se enmiende el ordenamiento adjetivo para que se regule este tramo.

Otro aspecto pendiente es la regulación de las hipótesis específicas de la procedencia de la medida cautelar de la prisión preventiva oficiosa. Esta reforma pendiente deberá realizarse con un espíritu de mínima intervención por parte del legislador, a efecto de acotar el estropicio de la reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador en la materia.

A once años, hay muchos retos y pendientes en el sistema penal. La mayor parte de ellos son responsabilidad de gobiernos, fiscales y policías.

Lo nuestro es la #política en la #CDMX; si en verdad te late la grilla chilanga en las redes, visita nuestra página: https://elinfluyente.mx

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