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Prevención del suicidio en grupos de atención prioritaria, una tarea apremiante 

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Nashielli Ramírez

Cada 10 de septiembre, con motivo del Día Mundial para la Prevención del Suicidio, se llama la atención de la sociedad en su conjunto sobre esta causa de muerte con el objetivo de contribuir a su prevención. 

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el suicidio es la segunda causa de defunción entre personas de 15 a 29 años de edad. Cada 40 segundos se suicida una persona en el mundo y la mayor parte de los suicidios (75 %) sucede en países de ingresos bajos o medianos. En lo que respecta a nuestro país y Ciudad, del año pasado a éste se ha incrementado la incidencia de suicidio como causa de muerte de las personas.  

A pesar de estos abrumadores datos, el suicidio puede prevenirse en un alto porcentaje a través de la implementación de varias medidas: estrategias diseñadas a partir de un enfoque multisectorial integralrestricción del acceso a los medios empleados con mayor frecuencia para el suicidio, difusión de información responsable en los medios, introducción de políticas sobre el alcohol, identificación y tratamiento temprano, formación de personal sanitario, así como seguimiento y apoyo de la sociedad. 

Sumado a ello, es importante decir que se requiere focalizar las estrategias desde un enfoque de impacto diferenciado en los grupos de población que registran mayores tasas de suicidio, por ejemplo, la población LGBTTTIQAP+, personas migrantes y sujetas a protección internacional, personas víctimas de violencia grave, personas privadas de la libertad, entre otras, pues como sucede con otros fenómenos sociales que se dan en contextos de desigualdad estructural, el suicidio repercute en las poblaciones más vulnerables del mundo: grupos marginados y discriminados de la sociedad con escaso o limitado acceso a los servicios de salud.   

Lo anterior no es fortuito ni mucho menos intrínseco a las personas que fallecen por esta causa, sino resultado de la afectación a la salud mental que cualquier persona puede tener al estar sujeta a un alto grado de estrés ya sea a consecuencia de la discriminación y sus terribles manifestaciones, la falta de acceso a los bienes y servicios básicos para la subsistencia, la amenaza constante a la integridad física y a la seguridad propia y de la familia, entre otras causas. 

Por esta razón, las estrategias de prevención del suicidio deben formar parte de cualquier política pública orientada a garantizar el derecho a la salud de las personas, en especial de aquellas que pertenecen a un grupo de atención prioritaria. Es decir, que dichas estrategias deben de ser accesibles en todas sus dimensiones (física, de información, asequible y sin discriminación), deben de estar disponibles, ser de calidad y adaptables tanto al género como culturalmente.  

Lo anterior es así pues el Estado tiene el deber de garantizar progresivamente el derecho a la salud entendido no sólo como la ausencia de enfermedad sino como el nivel más alto posible de bienestar integral, incluida la salud emocional.  

Al respecto de una da las poblaciones con mayor incidencia de suicidio en México, en 2018, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) dirigió la Recomendación 4/2018 a la Secretaría de Gobierno local por las violaciones al derecho a la vida de las personas privadas de libertad por falta del deber de cuidado del Estado respecto a las personas bajo su custodia. El instrumento recomendatorio reúne la investigación de 24 casos de personas cuya causa de muerte fue el suicidio en centros penitenciarios. 

Por su parte, este año la CDHCM dirigió una segunda recomendación sobre el tema, la 03/2019, a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México por la omisión de salvaguardar la vida de personas bajo la custodia del Estado. En el instrumento recomendatorio se documentaron tres casos de personas que fallecieron en los separos a causa de suicidio. 

En los centros penitenciarios se presentan una serie de factores que generan un alto riesgo suicida. Si bien los factores pueden ser personales como vivir con discapacidad psicosocial, consumo de sustancias psicoactivas, antecedentes familiares de suicidio, sentimientos de culpabilidad o vergüenza, también existen factores relacionados con la situación procesal de la persona privada de libertad como el ingreso al centro penitenciario, el momento de la sentencia, la espera de una decisión judicial; factores externos a la persona privada de libertad como discriminación, abuso físico, psíquico o sexual, rechazo por su entorno social de origen o familia, situaciones de duelo; y factores que son estructurales en los sistemas penitenciarios como la sobrepoblación y el hacinamiento, carencia de una estancia digna, aislamiento o incomunicación, falta de personal de seguridad y custodia, falta de actividades productivas, entre otros. 

El análisis de los factores que contribuyen a que las personas cometan suicidio, en particular aquellas de los grupos sociales que registran una mayor incidencia, debe guiar las estrategias de prevención de esta causa de muerte, desde un enfoque amplio de salud, acorde con una perspectiva de derechos humanos.  

Lo nuestro es la #política en la #CDMX; si en verdad te late la grilla chilanga en las redes, visita nuestra página: https://elinfluyente.mx

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